jueves, 26 de abril de 2007

Clasificación y Descripción de los Impuestos en Chile

Nombre la mayor cantidad de impuestos que se aplican en Chile

1) Impuesto de Primera Categoría.
2) Impuesto Único de Segunda Categoría.
3) Impuesto Global Complementario.
4) Impuesto Adicional.
5) Impuesto a las Ventas y Servicios.
6) Impuesto a los Artículos Suntuarios.
7) Impuestos a los Alcoholes, sin alcohol y similares.
8) Impuesto específico a la Importación de Vehículos.
9) Impuesto al Tabaco.
10) Impuestos a los Combustibles.
11) Impuesto de Timbres y Estampillas.
12) Impuesto al Comercio Exterior.
13) Impuesto Territorial.


Clasificar los impuestos encontrados de acuerdo a lo leído


Directos y Personales, tenemos:

1) Impuesto de Primera Categoría. Se aplica a las utilidades de las empresas.
a) Impuesto Anual.
b) Tasa Fija del 17%.
El Estado paga una tasa adicional del 40% sobre sus utilidades.

2) Impuesto Único de Segunda Categoría. Se aplica a las personas con residencia en Chile, con renta superior a $ 430.000.- líquidos mensuales aproximadamente.
a) Impuesto Mensual.
b) Tasa Variable, según el tramo de su sueldo, a mayor sueldo, mayor tasa, pudiendo llegar hasta el 40%.

3) Impuesto Global Complementario. Se aplica a las personas con residencia en Chile, una vez al año.
a) Impuesto Anual.
b) Tasa Variable, según el tramo de su sueldo, a mayor sueldo, mayor tasa, pudiendo llegar hasta el 40%.
Este impuesto es complementario del Impuesto de Segunda Categoría, es por ello que los impuestos pagados mes a mes, son descontados como crédito del Global Complementario, cancelando sólo la diferencia en caso de existir.

4) Impuesto Adicional. Se aplica a las personas sin residencia en Chile.
a) Impuesto Anual.
b) Tasa Fija del 35%, sobre los retiros, pagos o remesas al exterior, generados por fuentes chilenas.

Indirectos y Reales, tenemos:

1) IVA. Impuesto a la venta y compra de artículos y a la prestación de servicios.
a) Impuesto Mensual.
b) Tasa Fija del 19%.

2) Impuesto a los Artículos Suntuarios. Como joyas, oro, pieles, etc.
a) Impuesto Mensual.
b) Tasa Fija del 15% o 50% según el tipo de artículo.

3) Impuestos a los Alcoholes, sin alcohol y similares. Con y sin alcohol y jugos.
a) Impuesto Mensual.
b) Tasa fija del 27%, 15% y 13% respectivamente.

4) Impuesto específico a la importación de Vehículos. Impuesto mensual sólo a vehículos personales, no del tipo de pasajeros, para trabajo o de bien público como ambulancias, por ejemplo.
a) Impuesto Mensual.
b) Tasa Fija del 21.25% para todo vehículo sobre los $ 15.000.000.- aproximadamente.

5) Impuesto al tabaco.
a) Impuesto Mensual.
b) Tasa Fija para puros del 51%, cigarrillos 50,4% y tabaco elaborado un 47,9% más un 10% adicional.

6) Impuestos a los Combustibles: Petróleo y Gasolina.
a) Impuesto Mensual.
b) Tasa Fija de 1.5 UTM, por m3 de petróleo y de 6 UTM por m3 de gasolina.

7) Impuesto de Timbres y Estampillas. Impuesto a los documentos de crédito, como cheques, pagarés, letras, etc.
a) Impuesto Mensual.
b) Tasa Fija y Variable. Fija de $ 149.- para cada cheque. Variable para los demás documentos de crédito, según su denominación, monto y plazo, con impuesto mínimo y máximo para cada caso. Por ejemplo, el impuesto de letras es de 0.125% por cada mes o fracción de mes entre su emisión y su vencimiento, con un tope de 1,5%.

8) Impuesto al Comercio Exterior. Es el valor en exceso que se debe pagar por ingresar artículos a Chile, provenientes de otros países.
a) Impuesto Mensual.
b) Tasa Fija y Variable. Fija, para todos aquellos artículos que ingresan al país y que no están al amparo de un TLC (Tratado de Libre Comercio) cuya tasa fija, en general, es del 6%. Tasa Variable, para aquellas importaciones que provienen de países con TLC, por ejemplo, el más reciente, el TLC con China, dependiendo del artículo, existen tasas variables que van del 6% a 0% a medida que pasen los años. Por ejemplo, en tres años, los artículos de la tecnología como celulares, tv., computadores, etc. llegarán a 0%. Igual cosa sucederá para la industria textil, pero en este caso, después de 10 años.

Impuesto Territorial. Este es un Impuesto que se aplica a las personas propietarias de una vivienda, por el uso de la tierra en donde está enmarcada su propiedad. Este gravamen es recaudado por la Municipalidad correspondiente al domicilio de la propiedad, a diferencia de todos los otros impuestos mencionados, los que van directamente a las arcas fiscales del Estado.
a) Impuesto Directo.
b) Impuesto Personal.
c) Impuesto Trimestral (abril, junio, septiembre y noviembre).
d) Tasa Fija del 1.2% para bienes raíces no agrícolas y que no se destinen a la habitación. Para los no agrícolas destinados a la habitación, 1% para propiedades de más de $15.000.000.- y menos de $ 54.000.000.- aproximadamente, sobre este valor, el 1.2% sobre el exceso. Los bienes raíces agrícolas, un 1% a los de avalúo sobre los $ 5.500.000.- aproximadamente.